El equipo Honda MotoGP ha logrado obtener una «suspensión de la ejecución» de la penalización de doble vuelta larga modificada de Marc Márquez, con la validez de la apelación reconocida por el Tribunal de Apelaciones de MotoGP.
Honda no apeló la sanción original emitida a Márquez en Portimao por una colisión con Jorge Martín y Miguel Oliveira al comienzo de la carrera del domingo. Pero la notificación de la sanción que había recibido estipulaba que la sanción se cumpliría en Argentina: una ronda que Márquez se vería obligada a saltar por lesión.
Cuando se supo que la redacción creaba una situación potencial en la que Márquez evitaría tener que cumplir la sanción en la pista saltándose una ronda, los comisarios de MotoGP emitieron una corrección de que la sanción se aplicaría en la próxima carrera disputada por Márquez. Esto no fue del agrado de Honda, y protestó por la aclaración, poniendo el caso en manos de los Comisarios de Apelación de MotoGP en Termas, quienes luego lo pasaron rápidamente al Tribunal de Apelación de MotoGP.
El Tribunal de Apelación aún no se ha pronunciado sobre la apelación de Honda de una forma u otra. Sin embargo, se pronunció sobre la solicitud simultánea de Honda de diferir la sanción hasta que se resuelva el caso y, al hacerlo, reconoció la validez del argumento de Honda.
El veredicto de la Corte de Apelaciones, emitido el 13 de abril, dijo que Honda alegó una «posibilidad razonable de éxito de la apelación» al argumentar a favor de la suspensión de la ejecución, al tiempo que señaló que no otorgarla podría causar un «daño irreparable» a Márquez. aspiraciones en el campeonato de 2023.
Fue emitido por el presidente Sakari Vuorensola, Robert Hofstetter y Marek Malecki, todos miembros de la Lista de Jueces Internacionales de la FIM.
En cuanto a su caso, Honda dijo que la modificación “ex post facto” de la redacción de la sanción “vulneró el derecho [of Marquez] a un debido proceso, así como el principio de seguridad jurídica” – es decir, la previsibilidad y la falta de ambigüedad del proceso legal.
El Tribunal de Apelación ha reconocido que, prima facie, es decir, a primera vista, “al menos una de las justificaciones invocadas por los recurrentes no parece infundada”.
Esto también está respaldado, a los ojos de la Corte, por el hecho de que los comisarios de apelación habían remitido el caso a la Corte, algo que ve como “una indicación que revela la complejidad de las cuestiones jurídicas para las que no se disponía de una solución inmediata y obvia”.
Sin embargo, también ha dejado en claro que «más adelante en el proceso» la penalización por doble vuelta larga podría restablecerse en cualquier próxima carrera.
Sin embargo, también se señaló que el Tribunal puede «brindar una solución alternativa para este caso», algo que se siente facultado para hacer al extrapolar el Artículo 1.19.2 de las regulaciones del campeonato mundial de grandes premios de la FIM, que permite sanciones «equivalentes». en los casos en que una penalización de vuelta larga no se pudo evaluar/cumplir a tiempo antes del final de una carrera determinada.
La ‘suspensión de la ejecución’ habría sido fundamental para que Márquez llegara a su Circuito de las Américas favorito, que alberga MotoGP este fin de semana.
Sin embargo, Márquez ha optado por no participar en la ronda COTA mientras continúa su recuperación de la lesión, lo que significa que este fallo particular de la Corte de Apelaciones solo será relevante si la apelación principal real no se resuelve de una forma u otra antes del 28 de abril. Fin de semana del 30 en Jerez.
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